Conforme al Capítulo 4 de la Resolución 491 de 2020 la formación a trabajadores que realicen actividades en espacios confinados está dada según la función a realizar, deben ser formados para obtener su respectivo certificado
Formación dirigida a trabajadores que desarrollan actividades de tipo operativo para la ejecución de trabajo en espacios confinados.
Vigías de Seguridad para Trabajo en Espacios Confinados
Formación dirigida a trabajadores encargados de verificar condiciones de ingreso y el monitoreo de las operaciones de entrada a espacios confinados.
Actualización: Cada año y medio (1.5) años.
Supervisores de Trabajo en Espacios Confinados
Formación dirigida a trabajadores encargados de supervisar el desarrollo de las actividades de tipo operativo para la ejecución de trabajo en espacios confinados.
Responsables del Diseño y Administración del Programa de Gestión Trabajo en Espacios Confinados
Dirigido al personal Responsables del Diseño y Administración del Programa de Gestión para Trabajo en Espacios Confinados o personas que tomen decisiones administrativas en relación con la aplicación de la Resolución 491 de 2020.
El espacio confinado es el área que tiene medios de entrada y salida restringidos (dimensión y/o forma) o limitados (cantidad), ademas No están diseñados para la ocupación continua del trabajador y son lo suficientemente grandes y configurados, como para que permitan que el cuerpo de un trabajador pueda entrar.
Ejemplos de espacios confinados pueden ser: TANQUES DE ALMACENAMIENTO, CALDERAS, ALCANTARILLAS, TUBERIAS, BOVEDAS SUBTERRANEAS, SILOS, POZOS, CAMIONES Y VAGONES CISTERNA, CAJAS DE BODEGAS DE BUQUES, CAJAS DE MAQUINAS, ZANJAS, ETC
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Capturing Moments of Grace
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